La reforma sobre la subcontratación laboral, también conocida como outsourcing entró en vigor el sábado 24 de abril del 2021. De acuerdo con el gobierno federal, la reforma constitucional en materia laboral repercutirá en relaciones obrero-patronales más equilibradas y terminará por beneficiar al trabajador.
Las adecuaciones buscan, en todo momento, el respeto de los derechos laborales y de seguridad social de las personas trabajadoras, así como la solvencia de las finanzas públicas.
Pero, ¿en qué consisten las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación?
La reforma busca fortalecer el empleo, lo que conseguirá con una política que elimine aquellas prácticas que dañan los derechos laborales de las personas trabajadoras y que disminuyen las obligaciones laborales de los patrones.
Lo anterior se logrará al prohibir la subcontratación de personal y establecer reglas precisas a fin de que las personas físicas o morales contraten únicamente la prestación de servicios de carácter especializado o la ejecución de obras especializadas, erradicando de este modo prácticas que operan en la actualidad a través de diversas formas de simulación en perjuicio de las personas trabajadoras y del erario público.
Con las reformas aprobadas por el Congreso, queda prohibida la subcontratación de personal, por lo que ahora las agencias empleadoras o intermediarios podrán participar en el proceso de reclutamiento, selección y capacitación de empleados, pero no serán considerados patrones, pues ese papel corresponderá únicamente a la empresa para la que la persona trabaja.
Además, se permitirá la subcontratación de servicios especializados que no formen parte de la actividad preponderante, pero deberá formalizarse con un contrato por escrito, señalando el número de trabajadores que participarán y la empresa tendrá que estar previamente registrada ante el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS). Para registrarse tendrán que estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, y deberán renovar cada tres años.
Con la nueva normatividad, la administración pública federal tendrá prohibido subcontratar personal, con excepción de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público.
El monto tendrá como límite tres meses del salario del trabajador o el promedio del dinero recibido en los últimos tres años, pero se aplicará el monto que sea más favorable para el empleado. No obstante, el reparto de utilidades bajo los nuevos lineamientos será a partir del próximo año, ya que la fecha de entrega es en mayo y junio, pero se prevé que los cambios a la ley comiencen a aplicarse en agosto.
La entrega de utilidades es a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
De acuerdo con el dictamen, quien realice subcontratación, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, sin contar con registro correspondiente, se le podrá imponer una multa de hasta 4.4 millones de pesos. Además, se establece que el patrón que no permita la inspección y vigilancia de las autoridades será acreedor de una multa de entre 22 mil y 448 mil pesos.
Leyes que modifica esta reforma
- Ley Federal del Trabajo.
- Ley del Seguro Social.
- Ley del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
- Ley del Impuesto sobre la renta.
- Ley del Impuesto al Valor Agregado.
- Código Fiscal de la Federación.
- Ley Federal de los trabajadores al servicio del Estado.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123, apartado B, Fracción XIII Bis.
La figura de subcontratación se incorporó mediante la Ley Federal del Trabajo, publicada el 30 de noviembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación, al regularse en los artículos 15-A, 15-B, 15-C, 15-D de la mencionada Ley, pero resulto insuficiente para evitar las prácticas indebidas que han afectado los derechos de los trabajadores en su antigüedad, estabilidad en el empleo, pago del reparto de utilidades, entre otros.
Proliferaron esquemas de subcontratación simulada; dichos esquemas de simulación ocasionan, además, un menoscabo al fisco federal con la expedición de facturas que surgen de la simulación, así como eludiendo el cumplimiento delas responsabilidades y cargas de seguridad social.
Los esquemas de subcontratación que derivan en afecciones directas a los derechos laborales de las personas trabajadoras también tienen un impacto en el derecho a la vivienda. Estos esquemas inciden en elementos fundamentales que afectan tanto el acceso a financiamiento, como la capacidad de pago de los derechohabientes y merman el ahorro financiero de largo plazo de los mismos.
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